Iniciemos por algunas definiciones que nos permitirán tener una mayor comprensión del tema:
Los aparatos eléctricos y electrónicos son productos que están presentes en nuestra cotidianidad y en la gran mayoría de las industrias, generando que tengan niveles de consumo elevados, ya sea por la actualización tecnológica o por los patrones de consumo existentes, implicando que se generen residuos de aparatos eléctricos y electrónicos – RAEE.
En el 2013 Colombia emitió la Ley 1672 la cual buscaba establecer los lineamientos para adoptar una política pública de gestión integral de RAEE en donde le asignó a diferentes entidades responsabilidades encaminadas a este cumplimiento, de las cuales algunas ya cuenta con normatividad como:
Resolución 0851 de 2022 Emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible el cual obliga a los productores a establecer de manera individual o colectiva sistemas de recolección de RAEE, dando los lineamientos y requisitos de los sistemas de recolección y gestión de RAEE, a continuación señalamos algunas diferencias y similitudes entre las normatividades Vigente desde el 1 enero del 2023
Cambios que trae la Resolución 0479/2023
En cuanto a las sanciones que se puedan generar es importante tener presente que estas resoluciones forman parte de los lineamientos establecidos en la Ley 1672 de 2013, donde se busca adoptar una política pública de gestión integral de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos – RAEE, la cual fue incorporada en el Decreto 1076 de 2015 siendo el Único reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible en el artículo 2.2.7 A.3.1.
Es así que aunque las resoluciones NO citen tácitamente las sanciones el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, las autoridades ambientales y las demás entidades públicas que de acuerdo con sus competencias se encuentren involucradas en la gestión de los aparatos y sus residuos, tendrán libre acceso a la información y podrán sancionar eventualmente de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 1333 de 2009 modificada por la Ley 2387 de 2024.
Por lo tanto para dar cumplimiento a estas normatividades es necesario:
En WTNV acompañamos al importador en el cumplimiento las resoluciones de AEE ya que:
Adicionalmente:
Si no haz cumplido con el RPCAEE en años anteriores hacemos un análisis de la importaciones en años anteriores para dar el cumplimento que permite la entidad. Te mostramos un demo de uno de los informes que realizamos.
Y sí se requiere radicamos y hacemos seguimiento de conceptos y requerimientos a las entidades de control
«Nuestra experiencia nos respalda y queremos compartirla contigo. Encuentra respuestas claras y prácticas en nuestra Guía completa para el cumplimiento del RPCAEE.»
Si quieres tener más información del tema en World Trade New Vision para promover el cumplimiento de estas normatividades tenemos un cronograma de charlas gratuitas anuales donde buscamos ampliar la información de estas resoluciones donde hablamos de:
Te invitamos a diligenciar el formulario, llamarnos o escribirnos a nuestro whatsapp para aclarar dudas, requerimientos y/o enviar invitaciones de las charlas.
Somos una empresa de asesoría en comercio exterior que busca contribuir con la prevención de riesgos desde un enfoque estratégico que promueva la implementación de buenas prácticas y la mejora continua
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